Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
En revisión la Resolución Nº 344/2001 de fs. 87 y vta. de obrados, pronunciada el 16 de mayo de 2001, por la Sala Penal Primera de la Corte Superior de La Paz dentro del Recurso de Amparo Constitucional interpuesto por Domingo Zabala Gonzáles en repr
Fecha: 16-Jul-2001
2.
2. Que, ante el incumplimiento, la acreedora inició proceso ejecutivo, dentro del cual se efectuó el embargo sobre el bien inmueble hipotecado (fs. 10), dictándose posteriormente la sentencia que declaró probada la demanda, disponiendo en su parte resolutiva la exclusión de los garantes hipotecarios, se prosiga “con los demás trámites del juicio ejecutivo hasta el trance y remate de los bienes propios de los ejecutados... Alex Miroslaf Kafka Salas y ..., ó bien del inmueble constituido en garantía hipotecaria, propio de Ramiro Choque y Simona Tarqui de Choque...” (fs. 7-8), habiéndose posteriormente señalado audiencia para el remate del bien inmueble hipotecado (fs. 12, 13).