SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 694/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 694/01-R

Fecha: 10-Jul-2001

la moción de censura fue presentada al Presidente  del Concejo Municipal de San Carlos el 12 de marzo de 2001,

En la especie, se tiene demostrado que la moción de censura fue presentada al Presidente  del Concejo Municipal de San Carlos el 12 de marzo de 2001, conteniendo la moción antedicha la motivación y fundamentación que exige la Ley de Municipalidades, además de  la firma de dos de los Concejales, que siendo cinco en ese Municipio, constituyen más de un tercio, y  la propuesta de nombre del candidato a Alcalde en sustitución del censurado.

De conformidad al Informe presentado por el Presidente de la Corte Departamental Electoral de Santa Cruz,  que merece fe probatoria por tratarse de un documento emitido por  una autoridad electoral,  en la sesión del 21 de marzo se votó  efectivamente  a favor de  la censura, luego de haberse cumplido con la publicación  exigida por la norma legal  anotada. Asimismo, el  referido  Informe expresa que se constató que la  aludida sesión se efectuó  después de los 7 días que  determina el art. 51- 4 de la Ley No. 2028.