SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 694/01-R
Fecha: 10-Jul-2001
la moción de censura fue presentada al Presidente del Concejo Municipal de San Carlos el 12 de marzo de 2001,
En la especie, se tiene demostrado que la moción de censura fue presentada al Presidente del Concejo Municipal de San Carlos el 12 de marzo de 2001, conteniendo la moción antedicha la motivación y fundamentación que exige la Ley de Municipalidades, además de la firma de dos de los Concejales, que siendo cinco en ese Municipio, constituyen más de un tercio, y la propuesta de nombre del candidato a Alcalde en sustitución del censurado.
De conformidad al Informe presentado por el Presidente de la Corte Departamental Electoral de Santa Cruz, que merece fe probatoria por tratarse de un documento emitido por una autoridad electoral, en la sesión del 21 de marzo se votó efectivamente a favor de la censura, luego de haberse cumplido con la publicación exigida por la norma legal anotada. Asimismo, el referido Informe expresa que se constató que la aludida sesión se efectuó después de los 7 días que determina el art. 51- 4 de la Ley No. 2028.