SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 742/01- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 742/01- R

Fecha: 23-Jul-2001

estos no dieron cumplimiento  a las previsiones contenidas en los arts. 233 y 236

Que con referencia a los Jueces del Tribunal Primero de Partido de Sustancias Controladas, estos no dieron cumplimiento  a las previsiones contenidas en los arts. 233 y 236 del Código de Procedimiento Penal  lo que convierte la detención ordenada en ilegal, en cuyo caso se abre el ámbito de la protección del Hábeas Corpus consagrado en el art. 18 de la Constitución Política del Estado.