Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 752/01-R
Fecha: 23-Jul-2001
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV, 120-7ª de la Constitución Política del Estado y el art. 102-V de la Ley No. 1836, APRUEBA la Resolución pronunciada el 8 de junio de 2001 corriente de fs. 65 a 66 de obrados, dictada por el Juez de Partido de la Provincia M. Omiste -Villazón del Distrito Judicial de Potosí.
- VISTOS:
- CONSIDERANDO:
- procedente
- 2.
- 4.
- atribuciones del Secretario de Transporte presentar los informes por violación a las normas
- Fragmento 7
- “toda persona tiene derecho a asumir su defensa dentro de un proceso legal antes de ser sancionada a fin de resguardar los derechos fundamentales de la persona”.
- POR TANTO: