SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 752/01-R
Fecha: 23-Jul-2001
procedente
Que finalizada la audiencia pública, el Juez de Amparo, declaró procedente el Recurso, de acuerdo con la opinión del representante del Ministerio Público fundamentando: 1) Que nadie puede ser condenado sin antes haber sido oído y juzgado previamente; que la sanción fue impuesta en ausencia del recurrente sin darle la oportunidad a refutarla y hacer los descargos correspondientes. 2) Que los cargos que se imputan de ninguna manera justifican la ilegal y arbitraria medida que vulnera el sagrado derecho al trabajo, consagrado por el art. 7- d) de la Carta Magna. 3) Que el Amparo Constitucional, sirve para la protección inmediata de los derechos y garantías, así como contra todo acto u omisión indebida de persona o grupo de personas particulares que restrinjan, supriman o amenacen restringir los derechos y garantías reconocidos por la carta magna y las leyes.
- VISTOS:
- CONSIDERANDO:
- procedente
- 2.
- 4.
- atribuciones del Secretario de Transporte presentar los informes por violación a las normas
- Fragmento 7
- “toda persona tiene derecho a asumir su defensa dentro de un proceso legal antes de ser sancionada a fin de resguardar los derechos fundamentales de la persona”.
- POR TANTO: