SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 763/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 763/01-R

Fecha: 23-Jul-2001

2.

2.   A  fs.  67 y 68,   corre el acta de audiencia pública realizada el 13 de junio de 2001, en la  que el recurrente, por medio de su abogado,  ratifica  los términos de su demanda y pide se declare procedente el Recurso, disponiéndose la reincorporación  a su cargo y la cancelación de los sueldos devengados.

2)   A través del memorando No. 030/01  de 31 de enero de 2001 (fs. 5),  suscrito por el Ing. Walter Arízaga Cervantes,  como Rector de la Universidad, se comunicó al recurrente que se prescindía de sus servicios, dando cumplimiento a la Resolución No. 102/2000 del Consejo Universitario, “en razón del proceso de reestructuración administrativa dispuesto por el mismo”.