Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 765/01-R
Fecha: 23-Jul-2001
1.
1. Que por iguala profesional de 5 de septiembre de 1988, FOPEMA contrató los servicios de los abogados Ostria-Zapata para seguir un proceso civil en todas sus instancias hasta su conclusión, para la recuperación, pago y ejecución de aportes que le adeuda la CNS, conviniéndose en la cláusula tercera a) que el total de los honorarios convenidos serán pagados por FOPEMA una vez que la CNS pague a la institución el total de la deuda reclamada en juicio, descontándose los anticipos entregados (fs. 9-10).