Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 783/2001-R
Fecha: 26-Jul-2001
en rebeldía
1. Que dentro del proceso penal por transporte de sustancias controladas seguido por el Ministerio Público contra Celso Ustariz Chávez, el recurrente fue juzgado en rebeldía y declarado autor del delito, condenándosele a una pena privativa de libertad de 7 años más 6 meses por evasión de la cárcel pública mediante Sentencia de 30 de agosto de 1991, que fue notificada personalmente a su defensor de oficio el 7 de septiembre de 1991, sin que ninguna de las partes haya hecho uso del Recurso de Apelación, por lo que la sentencia adquirió plena ejecutoria el 11 de septiembre de 1991 (fs.66-69).