Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 783/2001-R
Fecha: 26-Jul-2001
Improcedente
Previo dictamen fiscal, la Corte de Amparo, dictó Resolución declarando Improcedente el Recurso con el fundamento de que éste procede en resguardo y protección de todos los derechos fundamentales, con excepción de la libertad física que está tutelada por el Recurso de Hábeas Corpus, de manera que el recurrente utilizó de forma incorrecta el presente Amparo.