SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 787/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 787/01-R

Fecha: 27-Jul-2001

3.

3.   Concluida  la  audiencia, el Tribunal de Hábeas Corpus pronuncia   Resolución declarando  procedente  el Recurso con los fundamentos de que el Fiscal recurrido no obstante haber sido notificado con la orden judicial, no representó ante el Tribunal y las partes sobre el expediente reclamado y que luego de ser notificado con el presente Recurso aparecen los obrados correspondientes, hechos que perjudican la libertad de la representada del recurrente.