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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 812/2001-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 812/2001-R

    Fecha: 07-Ago-2001

    11 de mayo

    4.   Que el 11 de mayo, el recurrente mediante nota presentada al Comité Electoral solicitó la modificación de la inhabilitación determinada y el 14 del mismo mes presentó certificación del Juzgado Noveno de Instrucción en lo Penal que acredita que no tiene juicio pendiente con COTEL (fs. 20-21 y 23).

    • VISTOS:
    • CONSIDERANDO:
    • Improcedente
    • 10 de mayo
    • 11 de mayo
    • 8 de mayo,
    • después de haber sido habilitado, ante las observaciones presentadas extemporáneamente el 10 de mayo

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