SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 813/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 813/01-R

Fecha: 03-Ago-2001

a)

El recurrido manifiesta que sin embargo del desistimiento presentado, el Recurso  le ha causado daño a su prestigio y a su carrera. En su informe escrito de fs.  8, asevera que: a) el mandamiento de apremio emitido por la Jueza Primera de Instrucción de Familia fue ejecutado por el Oficial de Diligencias del Juzgado; b) al constituirse el funcionario judicial con el detenido en la  Penitenciaría de San Sebastián, cumpliendo sus específicas funciones de Gobernador, aceptó como recluso al recurrente, entretanto no exista una orden de libertad que emane de la misma autoridad judicial; c) no existe norma legal que indique que el mandamiento de apremio por concepto de asistencia familiar caduca en un año, siendo innecesaria la actualización que alega el actor; d) el desobedecimiento a órdenes judiciales significaría incurrir en los delitos tipificados por los arts. 154 y 160 del Código Penal. Pide se declare improcedente el Recurso “con costas”.