Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 813/01-R
Fecha: 03-Ago-2001
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 18-III y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 93 de la Ley Nº 1836, APRUEBA la Resolución cursante a fs. 18 y 19, dictada el 13 de julio de 2001 por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba.