Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 824/2001-R
Fecha: 03-Ago-2001
improcedente
Que, finalizada la audiencia pública el Tribunal del Hábeas Corpus, de acuerdo con el Fiscal declaró improcedente el Recurso fundamentando: 1) que el representado fue aprehendido conforme a las facultades que otorga el artículo 226 del nuevo Código de Procedimiento Penal y con mandamiento de allanamiento, habiendo sido puesto a disposición del Juez dentro de las 24 horas y 2) que si bien es cierto en principio el Juez recurrido a falta de la debida fundamentación y elementos que no fueron aportados dispuso la libertad, luego en aplicación del artículo 250 de la Ley Nº 1970 revocó su decisión.