SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 826/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 826/01-R

Fecha: 07-Ago-2001

a)

A su turno, el recurrido dio lectura a su informe cursante de fs. 77 a 79  donde señala: a) que los recurrentes se atribuyen una representación que no ostentan al no contar con un poder notariado conferido por el resto de los integrantes de los diferentes Frentes que dicen integrar, existiendo en consecuencia insuficiencia de personería, lo que hace improcedente el recurso; b) que la demanda debió dirigirse contra el Comité Electoral de la CER, como organismo colegiado y no sólo contra su persona,  puesto que no tiene poder de los ocho restantes miembros para contestar el presente recurso, existiendo también insuficiencia de la personería del recurrido; c) que de acuerdo a la Ley General de Sociedades Cooperativas era la Federación de Sociedades Cooperativas la que con carácter previo debió conocer los hechos denunciados; d) que no se hizo ningún sorteo “secreto” ya que para el efecto estuvo presente un Notario de Fe Pública además de un canal de televisión, y si los recurrentes no participaron en el mismo fue porque en esa fecha no existían sus Frentes; e) que no existe incompatibilidad al haber sido designado Juez Técnico ya que su función como Presidente del Comité Electoral no es remunerada; y que jamás fue asesor jurídico de la Cooperativa Eléctrica; f) que el cambio de lugar en la papeleta no es causal de nulidad según la convocatoria y que fue un error de imprenta. Respecto a la supuesta utilización de recursos de la CER, no ha existido ningún reclamo, además de que no es competencia del Comité Electoral. Por lo que al no haberse suprimido ni restringido ningún derecho solicitó la improcedencia del recurso.