Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 826/01-R
Fecha: 07-Ago-2001
estando pendiente de resolución
4. Que mediante oficio de 17 de junio de 2001 el Frente F.R.Y.H a la cabeza de Fernando Paredes -correcurrente- impugnaron las elecciones señalando irregularidades en la ubicación de los frentes en las papeletas de sufragio, habiendo ordenado el recurrido, mediante decreto de 17 de junio de 2001, se considere dicha denuncia por el Comité Electoral, estando pendiente de resolución (fs.20).
- VISTOS:
- CONSIDERANDO:
- a)
- improcedente
- 21 de mayo de 2001,
- 11 de junio de 2001
- estando pendiente de resolución
- cuando hay otros recursos expeditos, éstos deben ser utilizados primero y sólo se concederá el Amparo Constitucional cuando aquéllos resultaren ineficaces para la defensa de los derechos, o cuando se lo conceda como protección inmediata para evitar un daño irreparable.
- POR TANTO: