SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 864/2001-R
Fecha: 21-Ago-2001
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18-III, 120 -7ª de la Constitución Política del Estado y 93 de la Ley N° 1836 en revisión, REVOCA la Sentencia de 5 de julio de 2001 de fs. 30 a 31 de obrados, pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior y declara PROCEDENTE el Recurso, disponiendo que regularizando procedimiento los recurridos dicten nueva resolución disponiendo la detención preventiva o aplicando una medida substitutiva observando estrictamente las previsiones relativas a las medidas cautelares contenidas en el Libro Quinto, Título II, Capítulo I del nuevo Código de Procedimiento Penal.
Se ordena la remisión de obrados concernientes al presente Recurso al Ministerio Público o al Juzgado correspondiente, para que los mismos sean acumulados a la investigación o al proceso emergente de lo dispuesto por la Sentencia Constitucional Nº 741/01-R de 23 de julio de 2001. Asimismo, se dispone la ampliación de la investigación contra Saúl Saldaña Secos “y sea dentro de los alcances establecidos por el Capítulo III del Título II del Libro Primero del Código Penal.”, conforme se estableció en la Sentencia Constitucional Nº 741/01-R citada.