Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 866/01-R
Fecha: 20-Ago-2001
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y el art. 102-V de la Ley No. 1836, REVOCA respecto a la procedencia la Sentencia de fs. 394 a 396 de obrados, pronunciada el 6 de julio de 2001, por el Juez de Partido de Totora y declara IMPROCEDENTE el Recurso en todo su tenor, disponiendo se proceda conforme al art. 102-III de la Ley N° 1836.