SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 871/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 871/01-R

Fecha: 20-Ago-2001

3.

3.   Concluida la audiencia el Tribunal de Amparo pronuncia  Resolución  que declara  procedente   el  Recurso con los fundamentos de que el Juez  demandado  no resolvió lo impetrado ni dio  cumplimiento a la última parte del art. 45 de la Ley N° 1760 abriendo el correspondiente término probatorio incidental hasta resolver el reconocimiento a la recurrente de su derecho de retención del inmueble cedido en calidad de anticresis hasta que su acreencia sea plenamente satisfecha.