Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 874/01-R
Fecha: 21-Ago-2001
Fragmento 3
Aducen que su representado fue colocado en un estado de total indefensión en ese proceso, conculcando sus derechos fundamentales y en especial su derecho a la propiedad privada, pues el juicio debió ser sustanciado con relación a todas las personas que celebraron contratos respecto del mismo inmueble, sea que se trate del primer comprador o de los terceros adquirentes de buena fe, como es el caso de su mandante.