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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 874/01-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 874/01-R

    Fecha: 21-Ago-2001

    Fragmento 4

          Estiman que el Juez de primera instancia y los Vocales que conocieron la alzada debieron disponer, previa revisión de oficio del proceso, que la demanda sea dirigida también contra René Pérez Navarro y María Arias de Viracka, al no haberlo hecho, la sentencia solamente alcanza a los que intervinieron en  dicho juicio.

    • VISTOS:
    • 1.
    • Fragmento 3
    • Fragmento 4
    • a)
    • 3.
    • 4)
    • CONSIDERANDO:
    • el Amparo ha sido demandado después de más de 3 años y 6 meses de haberse dictado el Auto de Vista que se impugna,
    • POR TANTO:

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