SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 876/01-R
Fecha: 21-Ago-2001
2.
2. De fojas 15 a 17 cursa el acta de la audiencia pública realizada el 21 de julio de 2001, en ausencia de la autoridad recurrida. El recurrente, a través de su abogado, ratifica los términos de su demanda, y agrega que su cliente fue detenido y conducido a la carceleta de la P.T.J., donde recién se le exhibió el mandamiento de apremio y “con promesas” hicieron que entregue las llaves de su motorizado. Reitera su pedido para que se le conceda su inmediata libertad, ya que se encuentra detenido por más de tres días.
2) Por decreto de 26 de junio (fs. 13 vta.), la Jueza recurrida, a petición del representante de la entidad ejecutante y previo informe de Secretaría, ordenó se libre mandamiento de apremio contra el depositario del vehículo embargado en el proceso. El mencionado mandamiento fue librado en 12 de julio (fs. 14) y ejecutado en 18 de ese mes, conforme lo aseverado por la parte recurrente.