SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 876/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 876/01-R

Fecha: 21-Ago-2001

a)

El representante de la autoridad judicial recurrida,  manifiesta que: a) la Jueza Consuelo Caballero Leytón está en reemplazo legal en Puerto Suárez, motivo por el que no pudo asistir a la audiencia del Recurso; b) existe un proceso ejecutivo “con sentencia condenatoria” (sic), en el que por decreto de 9 de abril del presente año se dispuso que el recurrente  exhiba el vehículo en 24 horas, habiéndosele notificado  el 8 de marzo; c) desde esa fecha hasta el 12 de julio, cuando se libró mandamiento de apremio, el  ejecutado no cumplió la orden judicial; d) la Jueza recurrida no cometió acto ilegal  alguno, en razón de lo que el Recurso debió estar dirigido contra personeros de “FASSIL” y funcionarios policiales. Pide se declare improcedente el Hábeas Corpus.