Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 883/01-R
Fecha: 23-Ago-2001
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV, 120-7ª de la Constitución Política del Estado y el art. 102-V de la Ley No. 1836, APRUEBA la Resolución de fs. 17 y vta. de obrados, pronunciada el 17 de julio de 2001, por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Santa Cruz.