Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 894/01-R
Fecha: 27-Ago-2001
Por tanto:
Por tanto: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18-III, 120-7ª de la Constitución Política del Estado; 7-8ª y 93 de la Ley N° 1836, APRUEBA la Resolución de fs. 178 a 179 de 23 de julio de 2001, pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz.