Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 902/01-R
Fecha: 29-Ago-2001
3.
3. Que, el 20 de enero de 2000, la Jueza recurrida dicta sentencia declarando probada la demanda ordenando “que en ejecución de sentencia se proceda a la División y partición de los bienes gananciales...” (fs. 144-145), fallo con el cual se notificó al recurrente el 26 del mismo mes y año (fs. 146 y vta.) y al no presentarse ningún recurso, se declaró ejecutoriado el 8 de febrero de 2000 (fs. 147).