SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 924/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 924/01-R

Fecha: 31-Ago-2001

no puede  pretender que por medio de este Recurso se anulen obrados  por una causal inexistente en la Ley.

En el caso objeto de revisión, el ejecutado  pretendió el sobreseimiento del juicio adjuntando un depósito judicial únicamente por el importe del capital,  ya que el depósito por los intereses lo acompañó, en forma extemporánea, después de la aprobación del remate,   aspecto que determinó la improcedencia de su solicitud  al no haber cancelado los tres conceptos que establece el mencionado art. 541,  es decir, capital, intereses y costas de una sola vez y antes de la aprobación de la subasta.   Por tal motivo, no puede  pretender que por medio de este Recurso se anulen obrados  por una causal inexistente en la Ley.