Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 965/01-R
Fecha: 14-Sep-2001
Fragmento 4
Asegura que ha agotado todos los recursos posibles sin obtener solución alguna, y, al atentar contra su derecho a la propiedad, al trabajo e ir contra su economía, pues ha celebrado diversos contratos con varias personas y empresas para la construcción de su edificio, además de haber contraído préstamos que deben ser cancelados sin demora, y vulnerar la seguridad jurídica del país, por cuanto con la determinación de la Alcaldía de paralizar la construcción, se están desconociendo aprobaciones anteriores y el patrón de uso de suelo concedido legalmente, interpone Recurso de Amparo Constitucional, pidiendo sea declarado procedente y se disponga la continuación de obras.