Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 975/01-R
Fecha: 17-Sep-2001
2.
2. Que, el 11 de noviembre de 1998, la Dirección General de Pensiones, dictó resolución instruyendo el pago de la suma de Bs.71.501.66 “..correspondiente a los reintegros desde la fecha de reclamación hasta noviembre de 1996, más los respectivos incrementos y aguinaldos, en razón de que, por Resolución 003574 de 10 de abril de 1997, la Comisión de Prestaciones del ex FOPEBA le otorgó renta jubilatoria a partir del mes de Diciembre de 1996, en cumplimiento del Convenio Interinstitucional suscrito por esa entidad, Secretaría Nacional de Pensiones, INASEP y Fondo de Pensiones de la Banca Estatal, la misma que fue recalificada por Resolución 001861..” (fs. 18).