Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 975/01-R
Fecha: 17-Sep-2001
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV, 120-7ª de la Constitución Política del Estado y los arts. 7 - 8) y 102-V de la Ley N° 1836, APRUEBA con diferente fundamento la Resolución Nº 498/2001 de fs. 70 a 71 de obrados, pronunciada el 31 de julio de 2001, por la Sala Penal Primera de la Corte Superior de La Paz, disponiendo que se proceda conforme al artículo 102-III de la Ley Nº 1836.