Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0022/2003-R
Fecha: 08-Ene-2002
I.2.1. Ratificación del recurso
El recurrente reiteró los fundamentos de su demanda. Asimismo, ante las observaciones de la parte recurrida indicó que la documentación acompañada es una escritura de constitución social, y que él está actuando como recurrente en su condición de socio de la empresa, pues dicha escritura le otorga los poderes y facultades de representación en forma intrínseca. Aclaró que la sociedad que representa tiene de 800 a 1000 hectáreas y la parte en conflicto es de 150 o 200 hectáreas, indicando que desconoce los trámites municipales y de otra índole que hubieran iniciado los recurridos.
- José Masanés Solé en representación de la Sociedad Agrícola Ganadera El Dorado Ltda
- I.1. 1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad o persona recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación del recurso
- I.2.2. Informe de los recurridos
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.