Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 008/2002-R
Fecha: 09-Ene-2002
3.
3. Que, resolviendo dicho Recurso, el 10 de octubre de 2001, los Vocales recurridos dictaron Auto de Vista casando el Auto de Vista recurrido y absolvieron de culpa y pena al procesado por no existir plena prueba en su contra, además declararon nulos y sin valor legal alguno los cheques bases del proceso (fs. 1-2 y vta.).