SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 008/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 008/2002-R

Fecha: 09-Ene-2002

CONSIDEREANDO:

CONSIDEREANDO: Que, siendo admitido el Recurso por Auto de 1 de noviembre de 2001, corriente a fs. 27  vta. de obrados, e instalada la audiencia el 7 del mismo mes y año, cual consta de fs. 32 a 33 y vta. de obrados, los recurrentes a través de su abogado ratifican lo expuesto en su demanda y la amplían indicando que los Vocales al determinar que no hay prueba suficiente y declarar la nulidad de los cheques, no sólo les han negado el derecho de acudir a otra vía, sino también han ignorado que éstos como títulos valores no pueden ser desvirtuados por declaraciones de testigos tal como dispone el art. 1328 del Código Civil.