Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 22/02-R
Fecha: 09-Ene-2002
Por tanto:
Por tanto: El Tribunal Constitucional en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV), 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 7-8ª y 102-V) de la Ley Nº 1836, APRUEBA la Resolución de fs. 79 vta. a 80 de 9 de noviembre de 2001, pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz.
- Vistos
- CONSIDERANDO:
- 1.
- 2.
- 3.
- “Fallar en única instancia en las causas de responsabilidad penal seguidas, a requerimiento del Fiscal General de la República, previa acusación de la Sala Penal contra (...)Vocales de las Cortes Superiores, Defensor del Pueblo (...) por delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones,...”
- procedente
- Por tanto: