Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 22/02-R
Fecha: 09-Ene-2002
procedente
Que por lo anotado se constata que la situación planteada en el presente Recurso se encuentra dentro de las previsiones del art. 19 de la Constitución Política del Estado. Que en consecuencia, el Tribunal de Amparo al haber declarado procedente el Recurso, ha compulsado debidamente los antecedentes procesales y dado correcta aplicación al citado art. 19 de la Ley Fundamental.
- Vistos
- CONSIDERANDO:
- 1.
- 2.
- 3.
- “Fallar en única instancia en las causas de responsabilidad penal seguidas, a requerimiento del Fiscal General de la República, previa acusación de la Sala Penal contra (...)Vocales de las Cortes Superiores, Defensor del Pueblo (...) por delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones,...”
- procedente
- Por tanto: