SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 47/02-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 47/02-R

Fecha: 16-Ene-2002

sin haber agotado los medios que las normas legales prevén

En consecuencia, el recurrente  ha interpuesto este Recurso en forma precipitada y sin haber agotado los medios que las normas legales prevén para que pueda efectuar el reclamo que formula a través del presente Amparo, ya que  el proceso disciplinario que se le ha iniciado, en un Tribunal  constituido de acuerdo a los arts 15 y siguientes el tantas veces citado Reglamento de Faltas y Sanciones, aún no ha concluido, contando en el mismo con  los medios e instancias  ante las que puede plantear sus observaciones.