Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 49/02-R
Fecha: 16-Ene-2002
Fragmento 3
Indica que por Resolución Administrativa Nº 0007/2001 de 31 de mayo del año en curso, el Director del Trabajo, utilizando analógicamente los términos “lock out” y “cierre definitivo”, instruyó la inmediata reapertura de la empresa y la reincorporación de los trabajadores cesantes, arrogándose facultades que no le competen.