II.3.
II.3. Que, el recurrente plantea nulidad de obrados por falta de notificación con el Auto de 04 de abril de 2001 (fs. 176-177), incidente que es resuelto a través del Auto de 04 de septiembre de 2001 por el que se lo rechaza y que al no haber cancelado el monto fijado por costas, daños y perjuicios dispone “la remisión de antecedentes al Ministerio Público por desobediencia a órdenes judiciales en Recurso Constitucional para el consiguiente procesamiento del recurrente Hilarión Portillo Quiroga” (fs. 189-190).
