SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1183/2002- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1183/2002- R

Fecha: 03-Oct-2002

I.2.1

El abogado del recurrente ratificó y amplió los fundamentos de la demanda, indicando que no hay proceso al no existir la firma de la parte demandante en la demanda ejecutiva. Que al margen de ello, el contrato base del proceso nulo tampoco existe porque no tiene inserta la firma del prestatario que acredita el desembolso. Replica el informe expresando que debe haber necesariamente sorteo para distribuir y la firma del Vocal Semanero en el expediente y que el amparo no está sometido a términos de prescripción ni caducidad, además que ha sido planteado con la inmediatez requerida, luego de haberse librado el aviso de remate.