SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1236/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1236/2002-R

Fecha: 14-Oct-2002

I.1.1.   Hechos que motivan el recurso.

El 25 de agosto  a horas 6:30 de la mañana fueron detenidos en el aeropuerto  “Jorge Wilsterman”, por  funcionarios de Migración en cuya oficina permanecieron  detenidos por más de 30 horas para posteriormente ser  remitidos a la Policía Técnica Judicial a horas 10:30 y puestos a disposición del representante del Ministerio Público, quien en lugar de disponer  su libertad por haberse cumplido el plazo previsto en el art. 227 del Código de Procedimiento Penal (CPP) y  sin cumplir con lo previsto  en el art. 233 del mismo cuerpo de leyes sin fundamentar su requerimiento conforme lo exige el art. 73 CPP y 61 de la Ley Orgánica del Ministerio Público (LOMP),  solicitó a la Jueza Cautelar   su detención preventiva pese a su condición de víctimas y a la inexistencia de daño o perjuicio a terceros,  sin individualizar su pedido  de detención.

Indican  que la  Jueza  Cautelar ordenó su  detención en la Cárcel Pública,  no obstante de que no se presentan los requisitos previstos por los arts. 5, 6, 7, 73, 221 y 233 CPP  y art. 61 LOMP y no concurren  los presupuestos que configuran los delitos de falsedad material, ideológica y uso de instrumento falsificado previstos por  los arts. 198, 199 y 203 del Código Penal (CP), ni tomar en cuenta lo previsto por los  art. 233 y 236-3) CPP, menos individualizar las responsabilidades, deteniéndolos ilegal e indebidamente.