Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1236/2002-R
Fecha: 14-Oct-2002
procedente
Concluida la audiencia el Juez de hábeas corpus pronuncia Resolución que declara procedente el recurso respecto a los demandados Director e Inspector de Migración con el fundamento de que si bien actuaron en cumplimiento de sus deberes, no es menos cierto que debieron realizarlo dentro del marco estricto de la ley y no mantener detenidos a los recurrentes por más de 30 horas sin remitirlos ante autoridad competente e improcedente con relación al Jueza cautelar demandada quien no violó ningún derecho constitucional, circunscribiendo sus actos a lo previsto por los arts. 233 y 236 CPP, al emitir el Auto de aplicación de medidas cautelares de carácter personal.