SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1238/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1238/2002-R

Fecha: 14-Oct-2002

a)

       La recurrente se ratifica en los términos del recurso planteado y los amplía en sentido de que : a)  por sentencia de 5 de enero de 2002, el Juez Primero del Trabajo resuelve declarar probada en parte la demanda ordenando pagar un monto aproximado de Bs10.000.- contra esta sentencia el demandante plantea un recurso de apelación que fue resuelto mediante Auto de Vista 168 de 8 de mayo de 2002, que si bien confirma la sentencia de primera instancia sin embargo  modifica totalmente el contenido de ésta al modificar la liquidación ordenando pagar un desahucio y una indemnización en la suma aproximada de Bs50.000.- fallo del que se recurre de casación  que es concedido por Auto 267; b) al mismo tiempo el demandante solicitó la ejecución provisional del Auto de Vista 168 el que fue concedido por Auto 296 de 15 de julio de 2002, señalando que se concede la ejecución provisional en mérito de los arts. 217 CPT relacionado con el art. 550 CPC, normas legales que indican poder procederse a la ejecución provisional cuando haya una confirmación de sentencia, en el caso de autos no existe una confirmación y además la modifica lo que demuestra que la sentencia no está ejecutoriada, por lo que pide se declare nulo el Auto 296 de 15 de julio de 2002 que concede la ejecución provisional de la sentencia.