Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1238/2002-R
Fecha: 14-Oct-2002
El representante del Ministerio Público
El representante del Ministerio Público emite dictamen porque se declare procedente el recurso, con el argumento de que si bien el Auto de Vista confirma la sentencia de primer grado la modifica en lo esencial, pues la declara probada en su totalidad modificando la liquidación en la que incluye el desahucio y la indemnización.