SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1243/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1243/2002-R

Fecha: 21-Oct-2002

III.7.

“Se dispone la institucionalización de la Caja Nacional de Salud en todos sus niveles, debiendo llevar adelante dicho  proceso mediante convocatorias públicas a través de empresas especializadas de primer nivel y de reconocida trayectoria, quienes procederán a la selección y contratación de los recursos humanos. La institucionalización de todos los cargos a nivel nacional y regional de todos los niveles se regirá por sus propios estatutos, reglamentos y normas  vigentes de cada sector. De acuerdo al Parágrafo III y IV del Artículo Primero de la Ley 2104 de 21 de junio de 2000”.

            En consecuencia, no es atendible la solicitud del recurrente para ser restituido al cargo de Gerente de Servicios de Salud  que temporalmente desempeñó,  dado que no accedió al mismo a través de concurso de méritos y examen de competencia -que le  otorgarían la inamovilidad que reclama-, por una parte, y por otra, porque la CNS se encuentra en proceso de institucionalización, dentro del que  Vito Vargas Rodríguez podrá presentarse y postular al cargo que estime conveniente a sus intereses.

III.7.  Finalmente, si el  recurrente consideró que al  ser restituido a su cargo  de origen con la consiguiente rebaja de sueldo y categoría, se vulneraban sus derechos, debió acudir a la vía de la judicatura laboral, acogiéndose al despido indirecto,  conforme está regulado por DS de 9 de marzo de 1937, o, en su caso, demandar en esa vía la restitución en el cargo que estima le correspondía, el no haberlo hecho corrobora la improcedencia de este recurso.