Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1244/2002-R
Fecha: 21-Oct-2002
III.4.
III.4. El art. 74 de dichas Normas señala que el recurso de revocatoria podrá ser planteado única y exclusivamente contra tres tipos de resoluciones: a) la que apruebe el Pliego de Condiciones; b) la que apruebe el informe de calificación del Sobre “A”; y, c) la que adjudique la obra o servicio.