SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1244/2002-R
Fecha: 21-Oct-2002
III.7.
III.7. En el caso objeto de examen, se evidencia que la recurrente, a nombre de la empresa “Cobolma” S.R.L. en forma equivocada interpuso recurso de revocatoria contra la Resolución Administrativa RA-PE-03-064002 de 14 de marzo de 2002, mediante la que se autorizó el inicio del proceso de licitación de la Aduana Nacional, que no figura dentro de las resoluciones que pueden ser objeto de ese recurso, habiendo llegado a plantear inclusive recurso jerárquico, que en realidad se denomina ahora recurso de impugnación, que está todavía en trámite, o sea que existe un recurso pendiente de resolución.
En ese sentido, la actora no puede pretender que por medio de este recurso extraordinario se subsane su descuido y negligencia, dado que formuló recursos administrativos contra una Resolución que simplemente autorizó el inicio del proceso de licitación, sin que haya estado aprobado el Pliego de Condiciones en esas fechas.