Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1252/2002-R
Fecha: 21-Oct-2002
II.1
II.1 En el recurso de hábeas corpus interpuesto el 12 de junio de 2002, por el recurrente contra los vocales de la Sala Penal Tercera y Juez de Tarata, el Tribunal Constitucional mediante SC. 930/2002-R de 29 de julio, revocó la resolución elevada en revisión y declaró procedente el recurso, sin ordenar la libertad del recurrente y reparando el defecto procesal cometido ordena a los vocales recurridos pronuncien nuevo Auto de Vista observando las exigencias legales pertinentes del Código de Procedimiento Penal (describir clara y objetivamente cuáles son los indicios en que fundan la detención preventiva por el delito de violación, conforme a los arts. 233 y 236 CPP).