SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1252/2002-R
Fecha: 21-Oct-2002
procedente
Concluida la audiencia el Juez de hábeas corpus pronuncia Resolución que declara procedente el recurso con los siguientes fundamentos: 1) la SC. 930/2002-R, ordenaba que los recurridos dicten nuevo Auto de Vista estableciendo clara y objetivamente cuáles eran los indicios en se fundaban para disponer la detención preventiva del recurrente; 2) no obstante dicho fallo, los vocales demandados han dictado un nuevo Auto de Vista sin fundamentarlo debidamente ni observar lo dispuesto por el Código de Procedimiento Penal, como lo señaló la sentencia referida; 3) la libertad solicitada por el recurrente debe ser considerada en la audiencia a tiempo de dictarse la resolución ordenada por el Tribunal Constitucional.