Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1283/2002-R
Fecha: 21-Oct-2002
III.4
III.4 Por otra parte, el recurrente pretende a través de este recurso que se consolide su derecho propietario sobre la propiedad agraria “Bañados del Tigre”, sin tener presente que el amparo constitucional no define derechos por corresponder ello a otra jurisdicción, ya que tiene como finalidad esencial la protección inmediata de los derechos fundamentales de la persona ante actos ilegales y omisiones indebidas de funcionarios o particulares que los restrinjan, supriman o los amenacen restringir o suprimir en su ejercicio. Por consiguiente, el caso planteado no está dentro de las previsiones y alcances del art. 19 CPE.