SENTENCIA CONSTITUCIONAL 89/2002
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 89/2002

Fecha: 21-Oct-2002

III.1.

III.1.  Que, la recurrente Plácida Quispe Calle, en anterior oportunidad con argumento igual al presente recurso directo de nulidad, planteó recurso de amparo constitucional señalando que se le habrían vulnerado derechos constitucionales al haberse pronunciado la Resolución Municipal sin número de 03 de abril de 2002 por la que se elegió a Ciro Buenaventura Loza Castillo como Presidente y miembro de la Comisión de Ética, resolución municipal que señala textualmente en la Resolución Municipal 034-A/2002, de idéntica fecha (03 de abril de 2002) estando en vigencia su nombramiento que es de un año. Dentro de la tramitación del proceso de referencia, que corresponde al expediente 2002-04777-09-RAC, se ha pronunciado Sentencia Constitucional 978/2002-R de 16 de agosto que señala:

El art. 120 del Reglamento del Concejo Municipal de Ayo Ayo, establece que los miembros de la Comisión de Ética durarán en sus funciones una gestión anual. El concejal que reemplace a un miembro de la Comisión de Ética, que fue elegido al inicio de una gestión, asumirá funciones cuando corresponda por el tiempo restante de la gestión anual.

De las normas anotadas, se concluye que la designación de un  Concejal como miembro de la Comisión de Ética, tiene una vigencia de una gestión anual, lo que equivale a decir que durará en esa  función por cada año,  el cual se computa de enero a diciembre; por lo  que, de  conformidad a lo dispuesto por la Ley de Municipalidades y el Reglamento del Municipio de Ayo Ayo, el nombramiento de otro Concejal en la función de Presidente de la Comisión de Ética  que antes recayó en la recurrente, no es ilegal, sino que obedece a lo previsto en las disposiciones referidas”.

            Que, en la mencionada Sentencia Constitucional, se reconoce la legalidad de la Resolución Municipal sin número /2002 de 03 de abril de 2002 (demandada de nula en la presente acción), la misma que tiene el mismo tenor que la Resolución Municipal 34/2002, a través de las cuales se designa a Ciro Buenaventura Loza Castillo, como Presidente y miembro de la Comisión de Ética del Concejo Municipal de Ayo Ayo para la gestión 2002. Estas Resoluciones han sido dictadas por el Concejo Municipal, de acuerdo a la competencia que le encuentra reconocida en el art. 12-3 LM, en consecuencia no han sido pronunciadas usurpado atribución alguna.